HL Club Hotel Playa Blanca

hl club hotel playa blanca

Ficha técnica

Plan parcial: Montaña Roja

Categoría: 4 Estrellas

Nº unidades: 164

Propietario: Yaiza Dunas. S.L

Hoy: Hoteles López

PARCELA: 56

Nº plazas: 492

m2 parcela: 51.017 

m2construidos: 6.632

Estado de ejecución: Abierto al público.

Titular licencia: Yaiza Dunas S. L.

Acto recurrido: Prórroga de 19-08-1998, de la licencia de 19-12-88 que autorizó proyecto de ejecución de bungalows de 164 ud. y 492 (328 +164) plzs.

Sentencia

Órgano: TSJC Nº recurso: 1.696/2000 Fecha de la sentencia: 03-12-2007

Incidente de Nulidad: 12-03-2008 TSJC Providencia de ejecución: 11-06-2008 TSJC

Motivos de anulación

  • La licencia de 19-12-88 había caducado nueve años antes de concederse la prórroga.de 19-08-98, por lo que el Ayuntamiento debió declarar la caducidad de la licencia en lugar de conceder la prórroga.
  • Omisión del informe previo, preceptivo y vinculante del Cabildo sobre compatibilidad con PIOT.
  •  

Adecuación de la obra a la normativa aplicable

Piot 1991 Rev 2000 Plan parcial Normativa Turística
HL Club Hotel Playa Blanca        
Incumple

Análisis de adecuación de la obra a la normativa aplicable

Plan insular

  • El proyecto de bungalows objeto de la prórroga anulada incumple tipología del Decreto 95/2000 (hoteles) al tratarse de apartamentos.
  • El proyecto de bungalows objeto de la prórroga anulada incumple categoría PIOT 91 al tratarse de apartamentos de 3 Ll. y exigirse un mínimo de 4.
  • El proyecto de bungalows objeto de la prórroga anulada incumple el estándar de 70 m2c/ud establecido en el PIOT 91, al tener la obra proyectada 37,50 m2c/ud.
  • El proyecto de bungalows objeto de la prórroga anulada incumple el estándar de 35 m2c/plaza, establecido en el PIOT 91, al tener la obra proyectada 12,50 m2c/plaza.
  • Dichos incumplimientos fueron confirmados por el perito designado por el tribunal, tras visita a la edificación en dictamen de 05-10-05, ratificado judicialmente el 21-11-05.
  • Incumple programación REVISIÓN PIOT 2000 (informe Oficina Plan Insular de 20-12-05). Para el decenio 2000-2010 se fijó un máximo de 1.500 plazas en este P.P., del cual sólo podía desarrollarse el 25% (375), por tratarse de un plan no adaptado. La prórroga de la licencia concedida el 19-08-98 para 492 plazas supera por sí sola el límite admisible por tratarse de un P.P. no adaptado.

Plan parcial

  • El hotel que ha sido ejecutado (sin licencia) incumple las ordenanzas del P.P., porque en el sector 56 no se admite uso hotelero sino de bungalows (art. 17 Ordenanzas), por lo que se violan los parámetros edificatorios establecidos por las Ordenanzas del P.P. para los diferentes usos. Los parámetros aplicables a este caso son los siguientes:

 

  ORDENANZA 17
USO BUNGALOW
EDIFICABILIDAD 0,40 m3/m2
Nº PLANTAS 2 ó 1
OCUPACIÓN 6,5% ó 13%
SÓTANOS Y/O SEMISÓTANOS NO

 

  • Los incumplimientos arriba señalados fueron confirmados por el perito designado por el Tribunal tras visita a la edificación en dictamen de 05-10-05 (pag. 33), ratificado judicialmente el 21-11-05. En su informe también advierte que el hotel ejecutado incumple ocupación máxima de parcela al alcanzar ésta en un 15,59% (cuando el máximo es de 14%).
  • El perito judicial concluye (página.34 de su informe) que resulta inexplicable que el Ayuntamiento no paralizara el hotel que se estaba ejecutando en el sector 56 porque dicho proyecto "contraviene claramente el Plan de Ordenación de Montaña Roja".
  • El Informe Técnico municipal de 20-08-98 (la prórroga anulada se concedió un día antes, sin que se hubiera emitido dicho informe) advertía que el sector no disponía de todas las infraestructuras que exige dicho Plan, por carecer de alcantarillado, acometida de agua, terminación de red viaria, etc. El mismo Informe advirtió la necesidad de que el proyecto se adaptase al PIOT 91 y al Decreto 23/89, de Ordenación de Apartamentos Turísticos, insistiendo en la necesidad de solicitar al Cabildo el preceptivo informe de compatibilidad con el Plan Insular.
  • En relación con el proyecto reformado de hotel al que se concedió Autorización Turística Previa de 25-07-01, que es el que se ha ejecutado en el Sector 56, el técnico municipal emitió informe negativo de fecha 12-02-01, insistiendo en los motivos expuestos en su informe desfavorable a la prórroga, concluyendo que el proyecto de hotel no cumple con la normativa aplicable e insistiendo en que el "sector carece de los servicios mínimos para que pueda ser considerado como suelo edificable", y recordando que "la mayoría de la urbanización no tiene la condición de solar".
  • Durante el proceso judicial la Oficina Técnica de Yaiza emitió informe de 09-01-04 en el que se indica que la obra ha sido terminada y está en funcionamiento a pesar de que cuenta con informe de habitabilidad negativo e "informe negativo de esta Oficina Técnica para su realización".

Otros incumplimientos

  • El proyecto de bungalows objeto de la prórroga anulada incumple el Decreto 23/89, de Ordenación de Apartamentos Turísticos. (Vulnera superficie mínima establecida para recepción, dormitorios, salón, cocina y también la salida de humos, altura interior, baño, jardines y aire acondicionado).
  • Tampoco cumple los principales parámetros exigibles por el Decreto 149/86, de Ordenación de Establecimientos Hoteleros, aún considerándolo en la hipotética modalidad de Suite Hotel (incumpliría superficie mínima de dormitorios, baños, salón comedor, así como altura de techos, plazas de aparcamiento, climatización, etc).
  • Dichos incumplimientos fueron confirmados por el perito designado por el Tribunal, tras visita a la edificación en dictamen de 05-10-05, ratificado judicialmente el 21-11-05.
  • La obra ejecutada no dispone de autorización turística previa.
  • La obra realmente ejecutada no se corresponde con el proyecto de complejo de bungalows de 3 llaves., de 164 ud. y 492 plazas al que se concedió la prórroga anulada, sino con un proyecto de hotel, visado el 06-06-01 que tiene una Autorización Previa de Turismo de 25-07-01 para reformado de hotel 4* de 328 plazas que nunca dispuso de licencia urbanística municipal y que incumple las Ordenanzas del P.P.

 

Ficheros asociados

- Sentencia (PDF)

- Informe técnico municipal sobre prórroga (20-08-98) (JPG)

- Informe técnico municipal desfavorable sobre proyecto de ejecución (12-02-01) (JPG)

- Informe técnico municipal sobre situación actual de la obra (09-01-05) (JPG)