Parcela 139

PP MONTAÑA ROJA PARC 139

Ficha técnica

Plan parcial: Montaña Roja

Categoría: H. 4 Estrellas 

Nº unidades: 217

Propietario: Urena Mountain S.A.

PARCELA: 139

Nº plazas: 434

m2 parcela: 30.934

m2construidos PP: 21.654

Estado de ejecución: Obra no iniciada

Titular licencia: Urena Mountain S.A.

Acto recurrido: Licencia 13-05-1999 proyecto básico Hotel 4 Estrellas.Prórroga 09-04-2003 de 434 plz.

Sentencia

Órgano: TSJC Nº recurso: 2.628/2003 Fecha de la sentencia: 07-12-2007

Apelación: 10-04-2008 TSJC Providencia de Ejecución: 07-05-2008 TSJC

Motivos de anulación

  • Licencia de 13-05-1999.
  • - Omisión informe previo preceptivo y vinculante Cabildo sobre compatibilidad con PIOT.
    - Informe Jurídico Municipal desfavorable: Advertía necesidad de Informe Compatibilidad con PIOT y de informe Técnico Municipal favorable.
    - Informe Técnico Municipal desfavorable. Advierte falta proyecto visado, falta aprobación Estudio Detalle y   Proyecto Urbanización, falta de servicios urbanísticos, y prevenía del acuerdo suspensión de licencias del Cabildo de 14-01-99.

  • Prórroga Licencia de 09-04-2003.

- Informe Técnico Municipal desfavorable:
Necesidad informe compatibilidad con PIOT, falta de servicios urbanísticos, sin Estudio Detalle ni Proyecto de Urbanización.
- Licencia otorgada en 1998 al proyecto básico también ha quedado extinguida.
- Prórroga fue dada fuera de plazo. Es nula porque la licencia a prorrogar no era conforme con el          ordenamiento urbanístico aplicable y además se solicitó y concedió cuando habían expirado los plazos al efecto.
- No se tuvo en cuenta Ley 6/2001: licencia con eficacia extinguida por Disposición Adicional 5ª, apartado 2. No se acreditó la terminación de las obras o la existencia del 10% de la edificación.

Adecuación de la obra a la normativa aplicable

Piot 1991 Rev 2000 Plan parcial Normativa Turística
Parcela 139        
Incumple

Análisis de adecuación de la obra a la normativa aplicable

Plan insular

  • Incumple programación REVISIÓN PIOT 2000 (informe Oficina Plan Insular de 09-05-06, complementado el 11-10-06). Para el decenio 2000-2010 se fijó un máximo de 1.500 plazas en este P.P., del cual sólo podía desarrollarse el 25% (375), por tratarse de un plan no adaptado. En el momento en que se concede la primera licencia (13-05-99), ya se habían autorizado, al menos, 2.156 plazas, que sumadas a las 434 de la licencia hacen un total 2.590, excediendo en más de siete veces el límite del 25% que operaba como máximo admisible al tratarse de un P.P. no adaptado.

Plan parcial

  • La parcela no tiene la condición de solar ni de suelo urbano. Carecía de abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, encintado de aceras, alumbrado público y asfaltado de calles.
  • No dispone de Estudio de Detalle.
  • No cuenta con Proyecto de Urbanización (Informe técnico municipal 28-04-99).

Otros incumplimientos

  • No dispone de autorización turística previa.
  • La autorización previa concedida el 25-05-99 lo fue para proyecto de 5* y 436 plazas, distinto al autorizado.
  • En cualquier caso, dicha autorización quedó extinguida por la D.A. 4ª de la Ley 6/2001, de 23 de julio, Art 21.5 del Decreto 10/2001, de 22 de enero, de Estándares Turísticos, y la Disposición Adicional 5ª Ley 19/2003, de 14 de abril.

Ficheros asociados

- Sentencia (PDF)

- Informe técnico municipal negativo sobre la licencia (28-04-99) (JPG)

- Informe técnico municipal negativo sobre la prórroga (09-04-03) (JPG)