Parcela 139
Ficha técnica
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Plan parcial: Montaña Roja Categoría: H. 4 Estrellas Nº unidades: 217 Propietario: Urena Mountain S.A.
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PARCELA: 139 Nº plazas: 434 m2 parcela: 30.934 m2construidos PP: 21.654 |
Estado de ejecución: Obra no iniciada
Titular licencia: Urena Mountain S.A.
Acto recurrido: Licencia 13-05-1999 proyecto básico Hotel 4 Estrellas.Prórroga 09-04-2003 de 434 plz.
Sentencia
Órgano: TSJC Nº recurso: 2.628/2003 Fecha de la sentencia: 07-12-2007
Apelación: 10-04-2008 TSJC Providencia de Ejecución: 07-05-2008 TSJC
Motivos de anulación
- Licencia de 13-05-1999.
- Omisión informe previo preceptivo y vinculante Cabildo sobre compatibilidad con PIOT.
- Informe Jurídico Municipal desfavorable: Advertía necesidad de Informe Compatibilidad con PIOT y de informe Técnico Municipal favorable.
- Informe Técnico Municipal desfavorable. Advierte falta proyecto visado, falta aprobación Estudio Detalle y Proyecto Urbanización, falta de servicios urbanísticos, y prevenía del acuerdo suspensión de licencias del Cabildo de 14-01-99.
- Prórroga Licencia de 09-04-2003.
- Informe Técnico Municipal desfavorable:
Necesidad informe compatibilidad con PIOT, falta de servicios urbanísticos, sin Estudio Detalle ni Proyecto de Urbanización.
- Licencia otorgada en 1998 al proyecto básico también ha quedado extinguida.
- Prórroga fue dada fuera de plazo. Es nula porque la licencia a prorrogar no era conforme con el ordenamiento urbanístico aplicable y además se solicitó y concedió cuando habían expirado los plazos al efecto.
- No se tuvo en cuenta Ley 6/2001: licencia con eficacia extinguida por Disposición Adicional 5ª, apartado 2. No se acreditó la terminación de las obras o la existencia del 10% de la edificación.
Adecuación de la obra a la normativa aplicable
| Piot 1991 | Rev 2000 | Plan parcial | Normativa Turística | |
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| Parcela 139 |
Análisis de adecuación de la obra a la normativa aplicable
Plan insular
- Incumple programación REVISIÓN PIOT 2000 (informe Oficina Plan Insular de 09-05-06, complementado el 11-10-06). Para el decenio 2000-2010 se fijó un máximo de 1.500 plazas en este P.P., del cual sólo podía desarrollarse el 25% (375), por tratarse de un plan no adaptado. En el momento en que se concede la primera licencia (13-05-99), ya se habían autorizado, al menos, 2.156 plazas, que sumadas a las 434 de la licencia hacen un total 2.590, excediendo en más de siete veces el límite del 25% que operaba como máximo admisible al tratarse de un P.P. no adaptado.
Plan parcial
- La parcela no tiene la condición de solar ni de suelo urbano. Carecía de abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, encintado de aceras, alumbrado público y asfaltado de calles.
- No dispone de Estudio de Detalle.
- No cuenta con Proyecto de Urbanización (Informe técnico municipal 28-04-99).
Otros incumplimientos
- No dispone de autorización turística previa.
- La autorización previa concedida el 25-05-99 lo fue para proyecto de 5* y 436 plazas, distinto al autorizado.
- En cualquier caso, dicha autorización quedó extinguida por la D.A. 4ª de la Ley 6/2001, de 23 de julio, Art 21.5 del Decreto 10/2001, de 22 de enero, de Estándares Turísticos, y la Disposición Adicional 5ª Ley 19/2003, de 14 de abril.
Ficheros asociados
- Informe técnico municipal negativo sobre la licencia (28-04-99) (JPG)
- Informe técnico municipal negativo sobre la prórroga (09-04-03) (JPG)

